¿Puede su hijo elegir dónde vivir después de un divorcio?
Tras un divorcio , uno de los mayores desafíos para los padres es el impacto en los hijos menores. Un divorcio puede implicar que tengan que dejar atrás a sus amigos o actividades cuando el tribunal otorga la custodia a un progenitor que se muda. ¿Puede su hijo decidir dónde quiere vivir? ¿En qué circunstancias, si las hay, se tiene en cuenta su opinión cuando el tribunal establece la tutela y el régimen de visitas?
Cambio reciente en la ley que rige la preferencia de un menor de edad
Durante muchos años, Texas permitió que los menores de 12 años o más solicitaran al tribunal vivir con el padre o la madre elegidos tras un divorcio. La solicitud del menor se consideraba prueba al tomar la decisión del tribunal, pero no era determinante. Si un menor presentaba dicha solicitud, el tribunal podía solicitar su testimonio, pero este seguía siendo solo prueba y podía ser desestimado o descartado. La ley anterior que regulaba el papel de un menor en la elección de su lugar de residencia ha sido derogada y sustituida; sin embargo, la nueva ley aún no le otorga a un menor el derecho a tomar esa decisión.
Según la nueva ley, si el menor tiene 12 años o más, tanto él como sus padres pueden solicitar que el juez lo entreviste. Si el menor tiene 12 años o más, el juez debe reunirse con él. Sin embargo, si el menor es menor de 12 años, no es obligatorio realizar la entrevista. El juez solo procederá con la entrevista si considera que redunda en el interés superior del menor. Cabe señalar que la entrevista puede abordar cuestiones de visitas y custodia.
Como en la ley anterior, el fondo de la entrevista se considera prueba, sólo una parte de todo lo que el tribunal considera al decidir sobre la custodia/tutela.
¿Puede un niño menor alguna vez tomar la decisión de dónde vivir?
No. Hasta que un niño alcance la mayoría de edad (18) en Texas, el domicilio podrá determinarse únicamente mediante acuerdo de los padres u orden del tribunal. Los hijos menores y los padres están obligados por ley a cumplir con la orden judicial sobre el domicilio hasta que los hijos cumplan 18 años. La misma regla se aplica a las visitas. Los padres y los niños deben cumplir con la orden de visitas/acceso acordada u ordenada por el tribunal hasta que el menor cumpla 18 años.
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