El trámite de la tarjeta verde lleva tiempo, y muchos solicitantes se enfrentan a períodos en los que sus visas de trabajo actuales están a punto de vencer. Su posibilidad de seguir trabajando depende del tipo de visa, de la etapa del proceso de ajuste de visa en la que se encuentre y de si ha recibido un Documento de Autorización de Empleo (EAD). Podrá trabajar legalmente una vez que USCIS apruebe un EAD presentado con el Formulario I-765 después de presentar el Formulario I-485. Conocer estas opciones le ayudará a evitar interrupciones en el empleo y a cumplir con las normas de inmigración.
Puntos clave para la elegibilidad laboral mientras se espera la tarjeta verde
- Un solicitante de tarjeta verde puede trabajar legalmente obteniendo un EAD después de presentar una solicitud de ajuste de estatus del Formulario I-485.
- El procesamiento de EAD demora varios meses en la mayoría de los centros de servicio de USCIS y no hay procesamiento premium disponible.
- Los titulares de visas H-1B y L-1 pueden continuar trabajando con visas existentes, pero deben considerar obtener EAD como autorización de respaldo.
- La extensión automática del EAD de 180 días finalizó el 30 de octubre de 2025. Ahora debe tener un EAD vigente para continuar trabajando.
Conceptos básicos de la autorización de trabajo con tarjeta verde
Presentar una solicitud de tarjeta de residencia permanente no otorga automáticamente autorización de trabajo. Solicitantes de ajuste de estatus presentación Formulario I-485. debe solicitar por separado los Documentos de Autorización de Empleo a través de Formulario I-765. .
La solicitud I-485 crea un "ajuste de estatus pendiente", que es el estatus migratorio de los solicitantes que esperan la aprobación de la tarjeta de residencia mientras permanecen en Estados Unidos. Este estatus por sí solo no autoriza el empleo. Los solicitantes necesitan una visa de trabajo válida para no inmigrantes, como la H-1B o la L-1, o un permiso de trabajo (EAD) obtenido a través de una solicitud I-485 pendiente.
Bailey & Galyen no representa a clientes en peticiones de inmigración basadas en empleo, pero asesora a solicitantes de ajustes con respecto a la autorización de trabajo.
¿Quién califica para obtener EAD durante el procesamiento de la Tarjeta Verde?
Varias categorías de solicitantes de tarjeta verde pueden obtener Documentos de Autorización de Empleo:
Solicitantes basados en empleo: Quienes buscan obtener una tarjeta verde basada en el empleo (EB-1, EB-2, EB-3, EB-4 y EB-5) pueden solicitar un EAD una vez que presenten su solicitud I-485. Sin embargo, el momento oportuno es crucial. Los solicitantes basados en el empleo solo pueden presentar su solicitud I-485 cuando los números de visa de inmigrante estén disponibles para sus fechas de prioridad (la fecha en que USCIS recibió sus peticiones iniciales de inmigrante, lo que determina su lugar en la fila) y categorías.
Los solicitantes de países con retrasos en el proceso deben esperar años entre la presentación de sus peticiones de inmigración y la elegibilidad para presentar el formulario I-485. Durante este período de espera, generalmente no pueden obtener EAD y deben mantener visas de trabajo de no inmigrante vigentes.
Solicitantes basados en la familia: Los familiares directos de ciudadanos estadounidenses (cónyuges, padres de ciudadanos adultos, hijos menores solteros) tienen números de visa disponibles de inmediato. Estos solicitantes pueden solicitar EAD inmediatamente después de presentar el formulario I-485. Las categorías de preferencia familiar enfrentan esperas por la disponibilidad de visas, pero pueden solicitar EAD una vez que las fechas de prioridad estén vigentes y presenten el formulario I-485.
Miembros de la familia derivados: Los cónyuges e hijos solteros menores de 21 años de los solicitantes principales de la tarjeta verde pueden solicitar sus propios EAD con base en las solicitudes I-485 pendientes. Esto es particularmente importante para los cónyuges dependientes con visas H-4 y L-2 que anteriormente tenían opciones limitadas de autorización de trabajo.
Qué le permiten hacer los EAD
Los EAD basados en solicitudes I-485 en trámite permiten empleo sin restricciones. Los titulares de EAD pueden trabajar para cualquier empleador en cualquier puesto, tener varios empleos simultáneamente, trabajar por cuenta propia, tener su propio negocio o trabajar como contratistas independientes. Esta flexibilidad contrasta marcadamente con las restricciones de la visa H-1B, que limitan a los titulares a empleadores específicos y puestos aprobados.
Cómo solicitar su EAD
Los solicitantes solicitan EAD mediante la presentación Formulario I-765. Ante el USCIS. La documentación requerida incluye copias de los avisos de recibo del formulario I-485, páginas biográficas del pasaporte, documentos de autorización de empleo (EAD) previos, si los hubiera, y dos fotografías tamaño pasaporte. Los solicitantes pueden presentar el formulario I-765 simultáneamente con el I-485 o en cualquier momento mientras el I-485 esté pendiente.
Plazos actuales de tramitación de EAD
Tiempos de procesamiento del EAD Los plazos varían considerablemente según el centro de servicio de USCIS y el volumen de casos actual. A diferencia de ciertas peticiones de visa de trabajo, las solicitudes de EAD no ofrecen opciones de procesamiento prioritario. Los solicitantes no pueden pagar tarifas adicionales para acelerar el procesamiento.
Agilizar las solicitudes de EAD
El USCIS solo permite solicitudes aceleradas de EAD en circunstancias limitadas. Las situaciones que califican incluyen:
- Pérdida financiera grave más allá de la pérdida normal del empleo o la reducción de ingresos
- Situaciones de emergencia, incluidas enfermedades graves o fallecimiento de familiares.
- Razones humanitarias que implican dificultades significativas
- Solicitudes de organizaciones sin fines de lucro en nombre de beneficiarios cuyos servicios se necesitan con urgencia
- Error del USCIS que provoca retrasos en el procesamiento más allá de los plazos normales
La mera necesidad de trabajar no constituye motivo suficiente para acelerar el proceso. Los solicitantes deben demostrar dificultades económicas que van más allá de las molestias habituales, como la inminente falta de vivienda, la incapacidad para costear atención médica esencial u otras circunstancias extremas.
Requisitos de validez y renovación del EAD
Los EAD iniciales basados en el formulario I-485 en trámite suelen tener una validez de uno a dos años a partir de su emisión. El USCIS tiene discreción para establecer los períodos de validez. Los EAD indican claramente las fechas de inicio y fin de la autorización de empleo.
Trabajar después del vencimiento del EAD constituye un empleo no autorizado, una violación migratoria grave que puede resultar en la denegación del I-485 y futuras consecuencias migratorias.
Cuándo y cómo renovar su EAD
Los EAD no se renuevan automáticamente. Los solicitantes deben presentar nuevas solicitudes del Formulario I-765 para renovar los EAD vencidos. USCIS recomienda presentar las solicitudes de renovación con anticipación para evitar demoras en el procesamiento.
Sin embargo, los EAD no pueden renovarse más de 180 días antes de su vencimiento, lo que crea un plazo de presentación limitado. Muchos solicitantes presentan su solicitud antes de los 180 días para maximizar el tiempo de procesamiento antes del vencimiento.
Cambio importante: La regla de extensión automática finaliza el 30 de octubre de 2025
Hasta el 30 de octubre de 2025, los solicitantes que presentaron la renovación del EAD a tiempo estaban amparados por una prórroga automática de 180 días que permitía la continuación de la autorización de trabajo mientras las renovaciones seguían pendientes. Sin embargo, esta prórroga expiró el 30 de octubre de 2025.
Ahora debe tener un EAD vigente para continuar trabajando una vez que expire su EAD anterior, a menos que otro estado le autorice a trabajar. Esto hace que sea aún más importante renovar el EAD a tiempo y supervisar los tiempos de procesamiento de las solicitudes. Los solicitantes deben presentar las renovaciones lo antes posible (180 días antes del vencimiento) y supervisar de cerca los tiempos de procesamiento para evitar interrupciones en la autorización de trabajo.
Dados los plazos de tramitación actuales de 3 a 7 meses, algunos solicitantes podrían encontrarse con periodos sin autorización de trabajo entre el vencimiento del EAD y la aprobación de la renovación. Durante estos periodos, los solicitantes no pueden trabajar legalmente a menos que mantengan una visa H-1B, L-1 u otra autorización de trabajo válida.
Trabajar con estatus H-1B o L-1 durante el procesamiento de la tarjeta verde
Los solicitantes de la tarjeta verde con estatus H-1B o L-1 válido no necesariamente necesitan un permiso de trabajo (EAD). Pueden seguir trabajando con sus visas de no inmigrante para los mismos empleadores patrocinadores. Muchos solicitantes de la tarjeta verde basados en el empleo mantienen su estatus H-1B o L-1 incluso después de presentar el Formulario I-485 como autorización de respaldo en caso de que el procesamiento del I-485 presente problemas.
Ventajas y riesgos de mantener la doble autorización
Mantener la doble autorización (visa de no inmigrante y EAD) ofrece flexibilidad y seguridad. Sin embargo, una vez que los titulares de visas H-1B o L-1 utilizan sus EAD para trabajar o utilizan el permiso anticipado para viajes internacionales, generalmente abandonan su estatus de no inmigrante.
Si las solicitudes I-485 son posteriormente denegadas, los solicitantes que usaron EAD ya no tienen estatus de no inmigrante válido al que recurrir y deben abandonar Estados Unidos. Esto genera riesgos: los EAD ofrecen flexibilidad laboral, pero eliminan las redes de seguridad social.
Decisiones estratégicas sobre el uso de EAD
Muchos abogados de inmigración aconsejan a los titulares de visas H-1B y L-1 con I-485 en trámite que obtengan EAD, pero no los usen a menos que sea necesario. Esta estrategia puede mantener su estatus de no inmigrante como respaldo mientras tienen EAD listos si los necesitan.
Los solicitantes pueden activar los EAD cuando desean cambiar de empleador, aceptar promociones con diferentes descripciones de trabajo, iniciar negocios o buscar oportunidades incompatibles con las restricciones H-1B o L-1.
Autorización de trabajo para cónyuges e hijos
Los cónyuges dependientes y los hijos solteros menores de 21 años que sean beneficiarios derivados de las solicitudes I-485 de los solicitantes principales pueden solicitar sus propios permisos de trabajo (EAD). Cada miembro de la familia debe presentar un formulario I-765 por separado solicitando una autorización de trabajo individual. Al igual que los solicitantes principales, los permisos de trabajo (EAD) de los familiares derivados permiten el empleo sin restricciones.
Los permisos de trabajo (EAD, por sus siglas en inglés) basados en solicitudes I-485 pendientes otorgan autorización de trabajo sin restricciones, independientemente de las categorías de visa de los solicitantes principales, lo que amplía las opciones de empleo para los cónyuges dependientes.
Consideraciones para viajar con tarjetas verdes pendientes
Las personas con solicitudes I-485 pendientes que viajan internacionalmente generalmente necesitan documentos de libertad condicional anticipada—Formulario I-131— para regresar a Estados Unidos. Salir sin permiso de viaje anticipado generalmente implica abandonar una solicitud I-485 pendiente, a menos que el solicitante mantenga una visa H-1B o L-1 válida y vuelva a ingresar con esa visa.
Excepción de viaje H-1B y L-1
Los titulares de visas H-1B y L-1 con una solicitud I-485 pendiente pueden viajar al exterior y regresar a los EE. UU. utilizando sus visas H-1B o L-1 válidas sin necesidad de permiso anticipado.
Sin embargo, es fundamental tener en cuenta que el uso de un permiso de reingreso anticipado, incluso si usted posee un estatus H-1B o L-1, generalmente termina con su estatus de no inmigrante.
Para preservar el estatus de no inmigrante como medida de protección, los titulares de visas H-1B deben volver a ingresar a los EE. UU. utilizando su visa H-1B en lugar de un permiso de viaje anticipado.
Tarjetas combinadas de EAD y de libertad condicional anticipada
El USCIS suele emitir tarjetas combinadas de autorización de empleo (EAD) y permiso de viaje anticipado (AP) que contienen tanto la autorización de trabajo como la de viaje en un solo documento. Estas tarjetas combinadas agilizan los procesos y reducen los requisitos de portación. Los solicitantes que presentan los formularios I-765 e I-131 simultáneamente suelen recibir estas tarjetas combinadas en lugar de documentos separados.
Problemas y soluciones habituales
Con frecuencia surgen complicaciones durante el proceso de autorización de trabajo mientras las tarjetas verdes están en trámite. Comprender estos problemas ayuda a los solicitantes a planificar proactivamente y responder eficazmente cuando surgen problemas.
Retrasos en el procesamiento de EAD
La incapacidad para trabajar es el problema más frecuente, a menudo debido a que los tiempos de procesamiento del EAD superan las expectativas. Dado que la regla de extensión automática finalizó el 30 de octubre de 2025, cualquier interrupción en la autorización de trabajo entre el vencimiento de un EAD antiguo y la aprobación de una renovación representa un grave riesgo.
Los solicitantes que experimentan retrasos iniciales en el EAD tienen recursos limitados; contactar con el servicio de atención al cliente de USCIS rara vez agiliza un caso. Sin embargo, los solicitantes pueden presentar solicitudes de agilización si cumplen con los requisitos necesarios o contactar a representantes del Congreso para obtener asistencia con su caso cuando corresponda.
Confusión de los empleadores sobre los EAD
Algunos empleadores que desconocen el funcionamiento de los EAD no comprenden que quienes los poseen están autorizados a trabajar. Otros pueden creer erróneamente que los EAD son visas de trabajo temporales que requieren patrocinio. Los solicitantes deben informar a los empleadores siguiendo las directrices del USCIS, lo que podría implicar la participación de los departamentos de recursos humanos o abogados de inmigración.
Los titulares de EAD tienen autorización de empleo sin restricciones, pero aún deben completar la verificación I-9 estándar utilizando documentos válidos.
¿Qué sucede si mi I-485 es rechazado?
Si el USCIS deniega su solicitud I-485, todos los beneficios derivados se cancelarán de inmediato, incluyendo los EAD y el permiso de viaje anticipado (advance parole). Los solicitantes que usaron EAD y abandonaron su estatus de no inmigrante deben abandonar Estados Unidos a menos que puedan restablecer otro estatus o presentar apelaciones. Este riesgo hace que sea valioso mantener un estatus de no inmigrante de respaldo siempre que sea posible.
Consideraciones de procesamiento específicas de Texas
La mayoría de las solicitudes I-485 e I-765 presentadas en Texas se procesan en el Centro de Servicio de Texas del USCIS. Tiempos de procesamiento En Texas Service Center históricamente los tiempos han sido moderados, ni los más rápidos ni los más lentos entre los centros de servicio.
Los solicitantes de Texas deberían considerar consultar con abogados de inmigración locales familiarizados con las prácticas regionales del USCIS. Dallas y Houston cuentan con comunidades de abogados de inmigración con amplia experiencia en la tramitación de tarjetas de residencia permanente.
Preguntas frecuentes sobre cómo trabajar mientras se espera la tarjeta verde
¿Cómo debo planificar la renovación de mi EAD ahora que finalizó la extensión automática?
Presente su solicitud de renovación lo antes posible, exactamente 180 días antes del vencimiento de su EAD actual. Controle semanalmente los tiempos de procesamiento de USCIS para su centro de servicio y así anticipar si su renovación llegará antes del vencimiento. Si los tiempos de procesamiento indican que su renovación podría no llegar antes del vencimiento de su EAD, considere extender o restablecer el estatus H-1B o L-1 como autorización de respaldo. Algunos solicitantes podrían tener que dejar de trabajar temporalmente si sus EAD vencen antes de que lleguen las renovaciones. Consulte con un abogado de inmigración de inmediato si enfrenta posibles interrupciones en su autorización de trabajo.
Si mi fecha de prioridad retrocede después de presentar el I-485, ¿mi EAD sigue siendo válido?
Un Documento de Autorización de Empleo (EAD) permanece válido hasta su fecha de vencimiento, incluso si la fecha de prioridad retrocede después de presentar el Formulario I-485. La retrocesión de la fecha de prioridad no cancela automáticamente un EAD emitido ni cancela una solicitud I-485 pendiente.
Si bien una regresión prolongada podría complicar la renovación del EAD (ya que el USCIS podría cuestionar la elegibilidad continua del I-485), en la mayoría de los casos, usted sigue siendo elegible para renovar su EAD incluso durante la regresión, siempre que su I-485 se haya presentado cuando los números de visa estaban disponibles. Si tiene dificultades para renovar su EAD debido a la regresión, es recomendable consultar con un abogado de inmigración.
¿Puedo usar mi EAD para trabajar como contratista independiente o iniciar mi propio negocio?
Sí, los EAD basados en solicitudes I-485 pendientes permiten empleo sin restricciones, incluyendo contratación independiente, trabajo freelance, consultoría y propiedad de empresas. Puede trabajar para varios clientes simultáneamente, aceptar proyectos a corto plazo o fundar su propia empresa. Esta flexibilidad distingue a los EAD de las visas H-1B, que restringen a los titulares a empleadores específicos y puestos aprobados. Sin embargo, recuerde que si su I-485 es denegado, su EAD se cancela inmediatamente junto con cualquier actividad comercial.
¿Mi cónyuge necesita una autorización de trabajo separada o está incluida con la mía?
Su cónyuge necesita su propio Documento de Autorización de Empleo (EAD). Si su cónyuge es beneficiario derivado en su solicitud I-485, debe presentar su propio Formulario I-765 solicitando autorización de trabajo individual. Cada miembro de la familia, incluidos los hijos dependientes mayores de 18 años, presenta solicitudes I-765 por separado. Si bien las solicitudes están relacionadas a través del caso I-485 de su familia, el USCIS emite tarjetas EAD individuales para cada miembro de la familia que cumpla con los requisitos. El procesamiento del EAD de su cónyuge se realiza de forma independiente y puede tener un plazo de aprobación diferente al suyo.
Obtenga ayuda legal con la autorización de trabajo durante el procesamiento de la tarjeta verde
Si enfrenta desafíos de autorización de trabajo mientras su La solicitud de tarjeta verde sigue pendiente, El contacto Bailey y Galyen Para una consulta confidencial, llame a nuestra oficina de Bedford al (817) 345-0580 or contáctenos a nuestro correo electronico para discutir su caso hoy.