Si sufre lesiones debido a la negligencia de otra persona, como un conductor, un médico o el dueño de un perro descuidado, podría tener derecho a una indemnización por daños y perjuicios. La ley de Texas permite a un jurado indemnizar a las víctimas de lesiones personales de muchas maneras. Algunas son obvias y otras no.
En el siguiente artículo, describiré de manera resumida las formas en que las víctimas de lesiones personales generalmente reciben compensación bajo nuestro sistema de jurado civil de Texas.
Facturas Médicas
El tipo de indemnización monetaria más obvio y probablemente el más conocido que puede otorgar un jurado son los gastos médicos. Para obtener una indemnización por gastos médicos, debe demostrarse que fueron razonables. Esto significa que se encuentran dentro del rango de gastos que suelen cobrar otros proveedores de servicios médicos en el área de Dallas-Fort Worth. Además, debe demostrarse que el gasto fue médicamente necesario. Esta parte de la ecuación se explica por sí sola (es decir, no se realiza una radiografía del pie por una lesión en la cabeza).
Por último, debe demostrarse que el incidente, generalmente un accidente o cualquier otro suceso (accidente automovilístico, mordida de perroUn accidente (cirugía fallida, caída, etc.) causó la lesión que requirió tratamiento médico. Si bien la causalidad puede demostrarse mediante el testimonio y los registros del propio paciente, la necesidad médica y la razonabilidad de los cargos deben demostrarse mediante el testimonio del propio profesional médico. Esto generalmente se puede hacer mediante una declaración jurada, pero en ocasiones requiere el testimonio del médico tratante.
Un aspecto de estos daños que la mayoría de las personas desconocen se relaciona con la aplicación del seguro médico o de algún otro pagador externo, como Medicare o Medicaid. Cuando un pagador externo paga un gasto médico relacionado con un accidente o incidente, normalmente se realiza un ajuste a la factura además del pago. En el caso de Medicare y Medicaid, estos ajustes pueden ser sustanciales, a veces hasta el 90 % de la factura total. En el caso de los seguros médicos privados, los ajustes suelen oscilar entre el 30 % y el 40 %. En cualquier caso, un jurado no puede otorgar una indemnización por la parte de la factura médica que se haya ajustado, y solo puede otorgarla por la parte de la factura médica que se haya pagado, más el saldo que adeude el paciente.
Esto es bastante exclusivo de Texas y fue resultado de un error legislativo. Si bien se podría dedicar un artículo entero a este tema, basta con decir que las compañías de seguros de automóviles y otras aseguradoras de accidentes se han beneficiado enormemente de este error legislativo.
Dolor físico y angustia mental
La mayoría de las personas están familiarizadas con las indemnizaciones por dolor y sufrimiento. En Texas, esto se conoce como dolor físico y angustia mental. Si bien son dos elementos separados del daño, generalmente se agrupan en una sola suma para su consideración por el jurado.
La cantidad que el jurado puede otorgar por dolor físico, en todo caso, depende totalmente del jurado. Los jurados en Texas tienden a ser muy conservadores cuando se trata de otorgar indemnizaciones monetarias por dolor físico, especialmente en los casos en que la lesión no es fácilmente visible, como en las torceduras y esguinces en el cuello y la espalda. Si bien el dolor que experimenta el paciente es muy real, a menudo resulta difícil para el jurado comprenderlo plenamente.
La angustia mental es un nivel de malestar emocional que no alcanza el nivel de distrés emocional, sino que va más allá de la simple preocupación o inquietud. Es difícil describir con exactitud qué es la angustia mental y qué no, pero esta suele estar presente en casos de lesiones personales, ya que las personas lesionadas tienen un componente mental en el dolor físico que sufren. Esto se observa especialmente en personas que se deprimen y se agitan o alteran fácilmente debido al dolor, lo que a su vez afecta sus relaciones familiares. Nuevamente, la cantidad concedida por angustia mental, si la hubiera, depende completamente del jurado.
Discapacidad
Lesiones personales A menudo, la discapacidad reduce considerablemente la actividad física de la persona y le impide realizar las actividades cotidianas. Esta limitación puede incluir actividades básicas como vestirse, bañarse, comer, peinarse y conducir. También puede abarcar actividades recreativas como practicar deportes, ir de compras, viajar y socializar.
Si una lesión personal es lo suficientemente grave como para limitar las actividades de una persona, el jurado tiene derecho a otorgar una indemnización por la discapacidad, incluso si es temporal. En resumen, un jurado concede una indemnización por la pérdida del disfrute de la vida o la disminución de la calidad de vida. Dichas pérdidas no son fáciles de cuantificar, es decir, no se determinan mediante una cifra o valor monetario específico, por lo que el jurado tiene la facultad discrecional de otorgar la indemnización que considere oportuna, según las pruebas presentadas.
Salarios perdidos y pérdida de capacidad de generar ingresos
Un jurado puede otorgar una indemnización monetaria adicional por pérdida de ingresos o pérdida de capacidad de generar ingresos. Si bien parecen ser lo mismo, estos dos elementos son ligeramente diferentes. Técnicamente, la pérdida de ingresos generalmente no forma parte de la indemnización que un jurado puede otorgar en Texas, por lo que se denomina indemnización por pérdida de capacidad de generar ingresos.
Si una lesión ha provocado que una persona pierda tiempo de trabajo, tiene derecho a recibir una compensación por el tiempo perdido, independientemente de si su empleador fue lo suficientemente generoso como para pagarle por ese tiempo libre.
Del mismo modo, si una lesión ha reducido la capacidad de una persona para trabajar en la capacidad para la que fue capacitada y, como resultado, gana menos dinero, tiene derecho a una indemnización por pérdida de capacidad de ingresos. Si bien el jurado tiene cierta discreción sobre si concede o no estos daños, el monto suele ser bastante predecible. Por supuesto, si una lesión resulta en una discapacidad total y completa, entonces la víctima de la lesión personal tiene derecho al valor presente de todo el dinero que habría ganado durante su vida si no hubiera sido lesionada. Estas cifras pueden ser asombrosas.
Daños pasados y futuros
Todos los daños descritos anteriormente son adjudicables por el jurado tanto por el pasado, que es el tiempo entre el día del suceso y el día del fallo del jurado, como por el futuro, que es el día del fallo del jurado hacia el futuro, generalmente medido por esperanza de vida estándar. Si una lesión sufrida por un joven es permanente y grave, la indemnización por daños y perjuicios en el futuro puede ser muy importante. De hecho, cada veredicto de un gran jurado que he obtenido se ha compuesto predominantemente de una indemnización por daños y perjuicios en el futuro, como deterioro, dolor físico y/o pérdida de la capacidad de generar ingresos.
La indemnización por daños pasados y futuros es independiente y el jurado la considera por separado. Cabe destacar que los jurados no suelen conceder indemnizaciones futuras a la ligera. Exigen pruebas contundentes de que la lesión no solo es permanente, sino que también tendrá consecuencias permanentes que le darían derecho a la parte lesionada a una indemnización considerable en el futuro.
Por supuesto, si en el futuro se esperan gastos médicos, el jurado también los concederá basándose en el testimonio de los médicos tratantes.
En resumen, la víctima típica de lesiones tiene derecho a una indemnización por gastos médicos razonables y necesarios pasados y futuros, dolor físico y angustia mental, discapacidad pasada y futura, pérdida de la capacidad de generar ingresos pasada y futura, intereses previos al juicio y costas judiciales imponibles. El equipo de litigios de Bailey & Galyen es experto en recopilar las pruebas pertinentes y presentarlas ante un jurado para maximizar la indemnización que se le puede otorgar. lesiones personales los clientes tienen derecho. Para más información por favor visite nuestro sitio web www.pinjury.com.
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